Esta semana vamos
a abordar en el blog la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Buen Gobierno, debido a que la semana pasada tuvo lugar su aprobación definitiva
en el Congreso de los Diputados, con el apoyo del PP, CiU, PNV, Coalición
Canaria, UPN y Foro, y el rechazo del PSOE, Izquierda Plural, UPyD y el resto
del grupo mixto (ERC, Amaiur, BNG, Compromís y Geroa Bai).
Desde
su primera concepción hasta la actualidad ha cambiado bastante, ya que se han
aprobado 32 enmiendas del PP y otras nueve aceptadas a los grupos de la
oposición. Estas rectificaciones han incluido a partidos políticos, a la casa
real y hasta a la Iglesia.
Por ello vamos a analizar esta debatida ley.
Si accedemos a la página web del Ministerio
de la Presidencia, podemos encontrar una definición de esta ley y una amplia
lista de motivos. Entre ellos se expone
que esta ley “contribuirá de forma
determinante a restaurar la confianza en las instituciones y a mejorar la
calidad de nuestra democracia”. Además también explica que esta ley ha sido
puesta en conocimiento de los ciudadanos a través de un trámite de consulta público,
donde los ciudadanos pueden conocer y participar en la elaboración de esta ley,
con sus aportaciones, sugerencias… y que, según el Ministerio, han recibido en
15 días más de 3.600 contribuciones y 80.000 visitas.
Según este texto del Ministerio, ésta será
una “ley completa en términos de obligaciones de transparencia de nuestras
administraciones, que garantice el derecho de todos los ciudadanos a acceder a
la información pública y que refuerce la responsabilidad de los gestores
públicos en el ejercicio de sus funciones y en el manejo de los recursos que
son de todos”.
La ley tiene 3 objetivos:
- Aumentar y reforzar la transparencia en la
actividad pública.
- Reconocer y garantizar el derecho de acceso a la
información relativa a aquella actividad.
- Establecer
las obligaciones de buen gobierno que
deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas
de su incumplimiento.
Esta ley también contempla la
creación del Portal de la Transparencia,
que permitirá que a través de un único punto de acceso, los ciudadanos puedan
acceder a toda la información disponible. Se trata de un portal que incluirá
toda la información que la Administración tiene la obligación de publicar y
aquella cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia.
También se prevé además un
sistema de colaboración entre los diferentes niveles de Administración Pública (Administración
General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las
Entidades Locales) para el cumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa.
En numerosos artículos de prensa se ha
recogido la aprobación de esta ley. A continuación haremos referencia a alguna
de la información señalada en esos artículos.
Además de los objetivos citados por el
Ministerio de la Presidencia, podemos deducir que esta ley tendrá los
siguientes objetivos:
- Obligar a los
políticos a facilitar información sobre en
qué gastan el dinero público
- Permite a los ciudadanos consultar a través de
una web las subvenciones, los contratos o los sueldos de los cargos públicos,
así como solicitar más información. Tras las aportaciones ciudadanas, se amplió
la información que debe hacerse pública, entre la que se incluyó lo relativo a
los contratos públicos (incluidos los contratos menores), los informes de
auditoría y fiscalización.
- Las enmiendas en el trámite parlamentario también
han introducido varios cambios, incluida una disposición adicional que modifica
la Ley Contra el Blanqueo y la Financiación del terrorismo de 2010.
En Europa, todos los países de más de un
millón de habitantes tienen alguna norma que regula el acceso de los ciudadanos
a la información sobre los gobiernos y sus administraciones. España era la
excepción a la norma, pero el jueves pasado por fin se ha llevado a cabo la
aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados de la denominada Ley de
Transparencia Acceso a la Información y Buen Gobierno.
La parte correspondiente al Código de Buen
Gobierno entrará en vigor en el momento de la publicación en el Boletín Oficial
del Estado (BOE), mientras que la parte de Transparencia e Información tendrá
un año de plazo. Las comunidades autónomas y ayuntamientos tendrán una
moratoria de dos años.
La
ley también establece una serie de infracciones, la mayoría muy graves, las cuales
podrían conllevar al cese en el cargo político así como una inhabilitación política
entre un periodo entre cinco y diez años.
El
régimen sancionador se divide en tres ámbitos:
- Infracciones en materia de conflicto de
intereses.
- En materia de gestión económico-presupuestaria.
- En el ámbito disciplinario.
Con respecto a
estas medidas de información, una de las enmiendas que CiU consiguió que se
aprobasen, fue la relativa a la exigencia de dar
publicidad activa a la información también para las entidades privadas que
reciban dinero público, al menos, 5.000 euros anuales.
El
órgano encargado de velar por el cumplimiento de esta ley será el Consejo de
Transparencia y buen Gobierno. Este órgano estará compuesto por siete personas:
un diputado, un senador, un representante del Tribunal de Cuentas, otro del
Defensor del Pueblo, otro de la Agencia Española de Protección de Datos, un representante
de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y otro de la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal.
A continuación, os dejamos un enlace que el Pr. Álvaro López Mira nos ha dejado sobre este tema:
http://www.transparencia.org.es
¡Esperamos
vuestros comentarios!