miércoles, 4 de diciembre de 2013

Esta semana vamos a abordar en el blog la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, debido a que la semana pasada tuvo lugar su aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados, con el apoyo del PP, CiU, PNV, Coalición Canaria, UPN y Foro, y el rechazo del PSOE, Izquierda Plural, UPyD y el resto del grupo mixto (ERC, Amaiur, BNG, Compromís y Geroa Bai).
Desde su primera concepción hasta la actualidad ha cambiado bastante, ya que se han aprobado 32 enmiendas del PP y otras nueve aceptadas a los grupos de la oposición. Estas rectificaciones han incluido a partidos políticos, a la casa real y hasta a la Iglesia.

Por ello vamos a analizar esta debatida ley.

Si accedemos a la página web del Ministerio de la Presidencia, podemos encontrar una definición de esta ley y una amplia lista de motivos. Entre ellos  se expone que esta  ley “contribuirá de forma determinante a restaurar la confianza en las instituciones y a mejorar la calidad de nuestra democracia”. Además también explica que esta ley ha sido puesta en conocimiento de los ciudadanos a través de un trámite de consulta público, donde los ciudadanos pueden conocer y participar en la elaboración de esta ley, con sus aportaciones, sugerencias… y que, según el Ministerio, han recibido en 15 días más de 3.600 contribuciones y 80.000 visitas.

Según este texto del Ministerio, ésta será una “ley completa en términos de obligaciones de transparencia de nuestras administraciones, que garantice el derecho de todos los ciudadanos a acceder a la información pública y que refuerce la responsabilidad de los gestores públicos en el ejercicio de sus funciones y en el manejo de los recursos que son de todos”.
La ley tiene 3 objetivos:
  • Aumentar y reforzar la transparencia en la actividad pública.
  • Reconocer y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad.
  • Establecer  las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.

Esta ley también contempla la creación del Portal de la Transparencia, que permitirá que a través de un único punto de acceso, los ciudadanos puedan acceder a toda la información disponible. Se trata de un portal que incluirá toda la información que la Administración tiene la obligación de publicar y aquella cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia.
También se prevé además un sistema de colaboración entre los diferentes niveles de Administración Pública (Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales) para el cumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa.

 

En numerosos artículos de prensa se ha recogido la aprobación de esta ley. A continuación haremos referencia a alguna de la información señalada en esos artículos.

Además de los objetivos citados por el Ministerio de la Presidencia, podemos deducir que esta ley tendrá los siguientes objetivos:
  • Obligar a los políticos a facilitar información  sobre en qué gastan el dinero público
  • Permite a los ciudadanos consultar a través de una web las subvenciones, los contratos o los sueldos de los cargos públicos, así como solicitar más información. Tras las aportaciones ciudadanas, se amplió la información que debe hacerse pública, entre la que se incluyó lo relativo a los contratos públicos (incluidos los contratos menores), los informes de auditoría y fiscalización.
  • Las enmiendas en el trámite parlamentario también han introducido varios cambios, incluida una disposición adicional que modifica la Ley Contra el Blanqueo y la Financiación del terrorismo de 2010.

En Europa, todos los países de más de un millón de habitantes tienen alguna norma que regula el acceso de los ciudadanos a la información sobre los gobiernos y sus administraciones. España era la excepción a la norma, pero el jueves pasado por fin se ha llevado a cabo la aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados de la denominada Ley de Transparencia Acceso a la Información y Buen Gobierno.

La parte correspondiente al Código de Buen Gobierno entrará en vigor en el momento de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), mientras que la parte de Transparencia e Información tendrá un año de plazo. Las comunidades autónomas y ayuntamientos tendrán una moratoria de dos años.

La ley también establece una serie de infracciones, la mayoría muy graves, las cuales podrían conllevar al cese en el cargo político así como una inhabilitación política entre un periodo entre cinco y diez años.

El régimen sancionador se divide en tres ámbitos:
  •  Infracciones en materia de conflicto de intereses.
  • En materia de gestión económico-presupuestaria.
  • En el ámbito disciplinario.


Con respecto a estas medidas de información, una de las enmiendas que CiU consiguió que se aprobasen, fue la relativa a la exigencia  de dar publicidad activa a la información también para las entidades privadas que reciban dinero público, al menos, 5.000 euros anuales.

El órgano encargado de velar por el cumplimiento de esta ley será el Consejo de Transparencia y buen Gobierno. Este órgano estará compuesto por siete personas: un diputado, un senador, un representante del Tribunal de Cuentas, otro del Defensor del Pueblo, otro de la Agencia Española de Protección de Datos, un representante de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y otro de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. 



A continuación, os dejamos un enlace que el Pr. Álvaro López Mira nos ha dejado sobre este tema:  
http://www.transparencia.org.es

¡Esperamos vuestros comentarios!





Bibliografía:



1 comentario:

  1. Es una ley que ha gozado de un gran recibimiento por parte de la población ya que era una normativa muy esperada. Esta ley no contiene todos los pormenores deseados por la población, en concreto, pese a que pretende aumentar y reforzar la transparencia en la organización institucional del Estado, no tiene la profundidad que se esperaba.

    A pesar de todos sus inconvenientes, es un gran avance ya que por desgracia éramos, junto a Chipre, el único estado europeo que no gozaba de una Ley de Transparencia. Además, la creación de un organismo autónomo creemos que ayudará en gran medida a auditar las actuaciones de los poderes públicos de una manera objetiva e independiente. Por último, la creación de un Portal de la Transparencia, facilita el acceso de los ciudadanos de forma clara a toda la información disponible.

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    Equipo B

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